Pruebas ADN Paternidad República Checa: Procedimiento Judicial y Derechos

Determinación de Paternidad y Pruebas de ADN en la República Checa


La cuestión de la determinación de paternidad pertenece a las instituciones clave del derecho de familia, que tiene impactos fundamentales no solo en la posición jurídica del menor, sino también en toda una serie de otras relaciones jurídicas, incluyendo la obligación alimentaria, el derecho sucesorio o la ciudadanía estatal. En la regulación legal checa actual, contenida principalmente en la Ley n.º 89/2012, Código Civil (en adelante "CC"), nos encontramos con un sistema complejo de normas que combina presunciones legales tradicionales con posibilidades modernas de pruebas genéticas.

La regulación legal de la determinación de paternidad ha experimentado un desarrollo significativo en las últimas décadas, que refleja no solo los cambios sociales en la comprensión de la familia y la paternidad, sino también el progreso tecnológico en el área de la genética médica. Mientras que anteriormente la determinación de paternidad se basaba principalmente en presunciones legales y métodos poco fiables, hoy disponemos de medios que permiten la determinación prácticamente cien por ciento de la paternidad biológica.

En la práctica se distinguen tres formas básicas de determinación de paternidad:

  • determinación por ley sobre la base de presunción legal,
  • determinación por reconocimiento de paternidad y
  • determinación por resolución judicial.

Cada una de estas formas tiene sus especificidades, requisitos procesales y consecuencias jurídicas, que es necesario distinguir cuidadosamente especialmente al proporcionar asesoramiento jurídico a clientes en esta área sensible de las relaciones familiares.

Este artículo se ocupará de la última posibilidad en el marco de todo el proceso de determinación de paternidad, es decir, la determinación de paternidad por resolución judicial. Se trata de una posibilidad extrema y con mucho la fase más problemática de la determinación de paternidad. Es necesario orientarse en cuál es el procedimiento de determinación de paternidad por el tribunal, qué poderes tiene el tribunal o cuál es la probabilidad de éxito.

Presentación de Solicitud de Determinación de Paternidad

El primer paso es la presentación de solicitud de determinación de paternidad al tribunal. Esta solicitud puede, según § 783 párr. 1 CC, presentarla la madre, el menor o el hombre que afirma ser el padre (presunto padre). La solicitud se presenta ante el tribunal general del menor, es decir, el tribunal de distrito en cuyo distrito tiene el menor su residencia. La presentación de la solicitud no está limitada temporalmente de ninguna manera, es posible presentarla incluso muchos años después del nacimiento del menor y la ley también contempla la posibilidad de que el presunto padre ya haya fallecido.

Desarrollo del Procedimiento de Determinación de Paternidad

En el procedimiento mismo de determinación de paternidad, las pruebas juegan un papel clave. Primero el tribunal escucha a la madre, al presunto padre, eventualmente a testigos y en un pequeño porcentaje de casos puede suceder que el tribunal decida ya en esta fase (más frecuentemente en casos donde se demuestre que es imposible que el presunto padre sea el padre real del menor). Sin embargo, en la mayoría de casos el tribunal procederá a la práctica de pruebas adicionales.

Tal prueba será más frecuentemente un dictamen pericial elaborado utilizando pruebas genéticas (ADN). Actualmente, las pruebas ADN paternidad República Checa también son el único método que se utiliza para la determinación de paternidad en la República Checa y permiten determinar la paternidad con una precisión de casi el 100%. La única excepción, cuando las pruebas de ADN generalmente no se realizan, es la determinación de paternidad de un menor no nacido. En tal caso, aunque es posible realizar las pruebas, se trata de un procedimiento altamente riesgoso.

Ejecución Forzosa de Pruebas de ADN

En el caso ideal, el presunto padre se somete a las pruebas de ADN voluntariamente, sin embargo, esto ciertamente no será en todos los casos. Es bastante común que el presunto padre no quiera someterse a las pruebas. ¿Cómo procederá entonces el tribunal en tal caso?

En muchos documentos fundamentales como son, por ejemplo, la Carta de Derechos y Libertades Fundamentales o la Convención sobre los Derechos del Niño, fue firmemente establecido el derecho del menor a conocer a sus padres. Tanto por la jurisprudencia checa como extranjera se confirma constantemente que este derecho tiene prioridad sobre el derecho del presunto padre a rechazar las pruebas de ADN y evitar así la determinación de paternidad.

Por lo tanto, si el presunto padre no coopera, el tribunal tiene derecho a ordenar la realización de pruebas de ADN, incluso en ausencia del presunto padre. Esta obligación puede entonces ser ejecutada por el tribunal mediante multas coercitivas de decenas de miles de coronas, o incluso mediante la presentación del presunto padre. Así se pronunció el Tribunal Constitucional hace casi 20 años en la sentencia I. ÚS 987/07 de fecha 28.2.2008.

La práctica judicial checa también se ha encontrado con casos donde el presunto padre se niega a someterse a pruebas de ADN y permanece en el extranjero para no tener que someterse a las pruebas. En tal caso, el tribunal checo de acuerdo con el Convenio de La Haya sobre Asistencia Judicial puede solicitar al tribunal del estado extranjero que practique la prueba, es decir, las pruebas de ADN. Si aun así el presunto padre se niega a cooperar, las autoridades extranjeras también pueden ordenar su presentación, realizar las pruebas y las muestras tomadas posteriormente entregarlas a las autoridades checas.

Multas Coercitivas en Caso de No Someterse a Prueba de ADN

Como ya se mencionó anteriormente, el primer paso en caso de falta de disposición del presunto padre para someterse a pruebas de ADN será la imposición de una multa coercitiva. Tal multa puede alcanzar según § 53 párr. 1 de la Ley n.º 99/1963, Código de Procedimiento Civil (en adelante "CPC"), una cantidad de hasta 50.000 CZK y puede ser impuesta repetidamente. El número total de multas coercitivas impuestas no está explícitamente limitado. Sin embargo, la multa probablemente será impuesta como máximo un par de veces, ya que el tribunal puede ejecutar la obligación por medios más contundentes.

Presentación para Prueba de ADN

Si las multas coercitivas no obligan al presunto padre a someterse a las pruebas de ADN, el tribunal puede proceder a ordenar la presentación del presunto padre. En tal caso, el presunto padre será presentado por la Policía de la RC ante el perito judicial, quien realizará la toma de muestras y posteriormente la prueba de ADN.

Aunque este procedimiento limita el derecho del presunto padre a la integridad corporal, el Tribunal Constitucional ha encontrado repetidamente que en el caso de determinación de paternidad se trata de un procedimiento proporcionado que no viola el orden constitucional. Además de la sentencia exp. n.º I. ÚS 987/07, el Tribunal Constitucional expresó conclusiones similares también en la resolución exp. n.º I. ÚS 2693/15, III. ÚS 3165/17 o II. ÚS 854/17.

Los tribunales procederán de la misma manera también en caso de que la solicitud de determinación de paternidad la presente el presunto padre y el menor (eventualmente su representante legal o tutor) se niegue a someterse a la prueba de ADN.

Orden de Pruebas de ADN e Interés del Menor

En el procedimiento de determinación de paternidad también es necesario tener en cuenta que para que el tribunal ordene la realización de pruebas de ADN, debe ser la determinación del padre biológico en interés del menor. Si la solicitud de determinación de paternidad la presenta el menor, la determinación del padre biológico estará en interés del menor casi siempre. En casos donde la solicitud de determinación de paternidad la presenta el presunto padre, ya no tiene por qué estar la determinación de paternidad en interés del menor en todos los casos.

El Tribunal Constitucional, por ejemplo, en su sentencia exp. n.º I. ÚS 1858/23 #2 de fecha 13.2.2024, decidió que en el momento en que un menor de tres años vive en una familia armoniosa con la madre y el padre legal (esposo de la madre registrado en el certificado de nacimiento), no procede ordenar pruebas de ADN a solicitud del presunto padre. Incluso si resultara que el presunto padre es realmente el padre biológico del menor, no está en interés del menor perturbar las actuales relaciones familiares armoniosas. Sin embargo, en este caso el Tribunal Constitucional también constató que es posible que en el futuro las condiciones cambien. A mayor edad ya puede estar en interés del menor la determinación del padre biológico.

Sin embargo, no es posible decir dónde exactamente se encuentra el límite cuando todavía la determinación de paternidad está en interés del menor y cuándo ya no lo está, y siempre depende del caso individual y de la evaluación por el tribunal.

Procedimiento contra Presunto Padre Fallecido

Un caso específico es la situación cuando el presunto padre ya no está vivo. También para esta situación la ley prevé. Si ocurre, el tribunal designa un tutor, contra quien se presenta la solicitud de determinación de paternidad. Sin embargo, se complica la situación de realización de pruebas de ADN. Si se conservan los restos del presunto padre, es posible tomar muestras para pruebas de ADN precisamente de ellos. Sin embargo, a menudo los restos no se conservan y en tal caso es necesario utilizar para las pruebas de ADN a familiares del presunto padre fallecido.

Conclusión

En caso de que el proceso de determinación de paternidad llegue hasta la fase de procedimiento ante el tribunal, el tribunal en la absoluta mayoría de casos ordenará pruebas de ADN. Tales pruebas posteriormente las realiza sin considerar la voluntad del padre, para que no sea perjudicado el derecho del menor a conocer su propio origen. Con certeza casi del cien por ciento, el tribunal determina entonces si el presunto padre es también el padre biológico del menor o no.

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